| Usted está en : Portada : Guía de Tramites | Miércoles 2 de junio de 2004 |
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En qué consiste:
FONASA cubre los subsidios por incapacidad laboral originados por una licencia médica extendida por un médico, dentista o matrona, autorizados por un Servicio de Salud.
Dirigido a quienes:
A todos los afiliados de FONASA que coticen el 7% de salud en FONASA, ya sea Trabajador dependiente con contrato indefinido y contratos diarios por turnos o jornadas o Trabajador Independiente.
Qué requisitos se deben cumplir:
Trabajador dependiente: Tener un mínimo de 6 meses de afiliación previsional (AFP o INP) y 3 meses de cotización, dentro de los 6 meses anteriores al mes en que se inicia la licencia.
Los Trabajadores Dependientes contratados diariamente por turnos o jornadas deben tener un mínimo de 6 meses de afiliación previsional (AFP o INP) y 1 mes de cotización, dentro de los 6 meses anteriores al mes en que se inicia la licencia.
Trabajador Independiente: Tener un mínimo de 12 meses de afiliación previsional (AFP o INP) y al menos 6 meses de cotizaciones, continuas o discontinuas dentro de los últimos 12 meses, además de la última cotización al día (del mes anterior a aquel en que se produzca la licencia).
Cuánto demora:
Trabajador Dependiente: Dentro de los 3 días hábiles siguientes a su inicio, si pertenece al sector público y dentro de 2 días hábiles si pertenece al sector privado.
Trabajador Independiente: Dentro de los 2 días hábiles siguientes a su inicio.
Dónde lo puedo hacer:
Dónde se presenta la licencia médica:
Trabajador Dependiente: Debe presentar la licencia médica a su empleador, dentro de los 3 días hábiles siguientes a su inicio, si pertenece al sector público y dentro de 2 días hábiles si pertenece al sector privado.
Trabajador Independiente: Debe presentar la licencia médica en la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, (COMPIN) correspondiente a su domicilio, dentro de los 2 días hábiles siguientes a su inicio.
De qué servicio depende: Fondo Nacional de Salud (FONASA)
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