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Legítima defensa como derecho

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El delincuente cuando actúa sabe a lo que se expone, por ello lo ocurrido en la Región Metropolitana donde un administrador de una estación de servicios defendió lo suyo, defendió a sus empleados y defendió a sus clientes y que producto de su actuar dio muerte a un delincuente en el mismo lugar, un segundo falleció en un hospital y otros se dieron a la fuga, refiere a que la delincuencia actúa casi sin temor y sabedor que las policías son casi carentes de facultades y ello a la luz de las evidencia es un grave error .

Nadie que defienda lo suyo, pretende matar a otro, pero cuando el riesgo es superior justo es que use armas que se encuentran debidamente inscritas y que el Ministerio Público entienda que se trata de una acción amparada en la legítima defensa, como ocurrió en este caso y por un fiscal que actúa, coordina y que no arrolla. La delincuencia crece a pasos agigantados, se ha observado un inicio delictual a los 11 ó 12 años, qué se podría esperar de ellos un poco tiempo más, el Ejecutivo debe pensar en eso y adecuar leyes sobre menores.

Alberto Contreras Silva

¿Y el criterio?

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En la prensa se detallan profusamente los currículos más densos de algunas de las personas liberadas, incluyendo algunos que cumplían condenas casi a fines del siglo, quienes de seguro cumplieron con todos los requisitos y el protocolo respectivo para postular a la libertad condicional, salvo el no tener la aprobación de Gendarmería (sólo referencial).

De seguro también, los jueces cumplieron cabalmente con las leyes vigentes, para dejarlos libres, párrafo por párrafo, frase por frase, palabra por palabra, letra por letra, puntos y comas, pero todos se preguntan ¿Y el criterio?

Luis Enrique Soler Milla