Carla Olivares Rojas
Cuando faltaban unos minutos para dar inicio a la segunda jornada de juicio abreviado en el caso de la secta de Antares, el ambiente era distendido en el Tribunal de Garantía de Quilpué.
Los ex seguidores de Ramón Castillo Gaete llegaban uno a uno y se abrazaban con cariño, conversaban de manera amena, reían y comentaban lo que había salido en la prensa. "Vi sólo la prensa regional y decía que íbamos a salir en cinco años, naaa', lo mismo de siempre", decía con indiferencia Natalia Guerra Jequier, la madre del lactante incinerado en una hoguera, como si hablara de una tercera persona.
De forma puntual se dio inicio al juicio que se vio marcado por la salida abrupta de la abogada del Sename, única querellante del caso y que debió desistir luego de que la Defensoría Penal argumentara que su comparecencia no tenía validez en el juicio.
"En algunos casos particulares, el Sename se hace parte cuando obtienen el patrocinio y poder del padre o la madre del menor y en este caso, eso no ocurrió, por lo tanto, ahí viene la solicitud de exclusión del Sename como parte querellante", explicó el defensor penal público Claudio Pérez, quien asumió la defensa de Natalia Guerra.
Aunque en un principio la abogada de la Unidad de Protección de los Derechos del Niño, Luisa Araya, se retiró sin querer emitir comentarios de lo sucedido, más tarde señaló que "evaluaremos las acciones a seguir, sin perder de vista que la única víctima es un recién nacido que queda absolutamente desprotegido en este proceso".
Condenados
Una vez que los abogados defensores de los imputados explicaron lentamente sobre el estado siquiátrico de sus representados a la hora de ocurridos los hechos y donde predominó el diagnóstico de "delirio místico compartido", en el caso de Natalia Guerra Jequier y Pablo Undurraga Atria, madre del lactante y mano derecha de Antares de la Luz, respectivamente, vino el momento de la sentencia.
"Se condena a la acusada Natalia Guerra Jequier como autora del delito de parricidio en grado de consumado en la persona de su hijo, Jesús Guerra Guerra (...); se condena al acusado Pablo Undurraga Atria, como autor del delito de homicidio calificado en grado de consumado en la persona de la víctima Jesús Guerra Guerra (...); se condena a los acusados David Fabián Pastén Rojas, María del Pilar Álvarez Fuenzalida, Carolina Alejandra Vargas San Martín, Josfina Isabel López Nuñez y Karla Franchy Arana, todos como encubridores en el delito de homicidio calificado en grado de consumado en la persona de la víctima Jesús Guerra Guerra".
Fueron casi cuatro años de investigación, que terminaron en este procedimiento abreviado en que las penas más altas podrían llegar a los 5 años y un día que corresponde al máximo de las penas atendidas las atenuantes.
"Las penas solicitadas por la fiscalía fueron de 5 años para los acusados en calidad de autores y de 3 años para los encubridores (...) Las penas son de cárcel, pero no me puedo adelantar a lo que va a señalar el tribunal y será el día lunes cuando el tribunal dará a conocer cuál es la pena que va a aplicar a los condenados y la modalidad de cumplimiento", señaló el fiscal de la causa, Juan Emilio Gatica.
El abogado se mostró conforme con el resultado del juicio donde los imputados finalmente cumplieron menos de un año de pena efectiva que, sumados a los arrestos domiciliarios, tanto total como parcial, suman alrededor de 2 años de privación de libertad en el caso de Natalia Guerra y Pablo Undurraga, lo que se descontará de la sentencia condenatoria que entregue la magistrado del Tribunal de Garantía de Quilpué.
"Discrepo con la sensación de impunidad de la que usted me habla porque aquí hubo una condena, no se puede hablar de impunidad, lo excepcional del caso y el establecimiento de las atenuantes hacían posible que enfrentaran estas penas", señaló Gatica.