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G. Fricke deberá pagar $400 millones por muerte de niño

Juzgado determinó que el fallecimiento del pequeño de tres años se debió a un descuido en el post operatorio. La intervención se llevó a cabo en el 2009.
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Nicole Valverde S.

El próximo 1 de febrero se cumplirán nueve años del triste fallecimiento de Benjamín Alexis Rodríguez Valdivia. Nueve años que han sido muy difíciles para sus padres Juan y Rosa, quienes sufrieron la partida de su pequeñito luego de que fuera operado de una hernia inguinal en el Hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar.

El 29 de enero de 2009, Benjamín, quien en ese entonces tenía 3 años, ingresó corriendo al recinto hospitalario viñamarino para ser sometido a una intervención programada y de bajo riesgo. Nada podría salir mal.

Sin embargo a los tres días de su operación, el niño sufrió muerte cerebral y falleció producto de un paro cardiorrespiratorio.

¿qué paso?

Según Winston Montes, uno de los abogados que han llevado la causa judicial por este caso, junto a Jaime Gatica y Gustavo Paulsen, en ese entonces desde el Hospital Gustavo Fricke señalaron que la causa de muerte del pequeño era indeterminada.

Esto no dejó conformes a sus familiares, quienes hasta ahora han luchado judicialmente para conocer la verdad. ¿Qué fue lo que pasó?. Y ¿por qué se produjo este trágico desenlace?.

"El problema se gestó en el post operatorio. Porque en sí la operación no es complicada, no es para morirse. Pero la recuperación después de un proceso anestésico, puede ser muy compleja. Por eso cuando se sale de una operación, al paciente no lo pasan de inmediato a una sala común, sino que hay un proceso intermedio, donde la persona está monitoreada y sujeta a vigilancia", explicó el abogado Montes.

Y agregó: "En todos los hospitales hay protocolos de cómo debe ser la recuperación. Pero en este caso, el niño no fue vigilado en la sala de recuperación. De hecho, el niño nunca se recuperó totalmente en la sala de recuperación, por ende jamás debió haber salido de ella, porque es ahí donde se controla la saturación y el pulso. En cambio, el niño estuvo varias horas sin que nadie lo vigilara; más aún, lo sacaron de la sala de recuperación, lo llevaron a una sala común, pero no se sabe quién lo recibió, ni cómo lo recibió, porque la hoja de controles previos a eso está en blanco".

$400 millones

Cabe señalar que el caso Rodríguez fue emblemático en la época en que sucedió, y tuvo una amplia cobertura de la prensa local, y en particular de La Estrella de Valparaíso, ya que luego del triste fallecimiento de Benjamín se inició una investigación penal, donde los abogados querellantes objetaron al médico legista; además se realizaron sumarios a otros médicos, y se formalizó a la enfermera que en ese entonces estaba a cargo de la sala de recuperación del hospital Gustavo Fricke.

Finalmente el Juzgado de Garantía de Viña del Mar dictaminó que en el Hospital Gustavo Fricke hubo una falta de vigilancia adecuada en el post operatorio y posteriormente los abogados hicieron una demanda en el Juzgado Civil contra el hospital.

El abogado Winston Montes declaró que la acción tuvo como finalidad declarar la responsabilidad del hospital por la falta de servicio que derivó en el fallecimiento del niño, y una compensación por los daños y perjuicios en favor de los papás de Benjamín.

Fue así que se acogió la demanda, y en primera instancia el Tribunal dictaminó que el Hospital Gustavo Fricke debe pagar la suma de 400 millones de pesos a los padres nueve años después de la muerte de Benjamín, que hoy tendría 12 años.

HOSPITAL GUSTAVO FRICKE

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Tras ser consultados por la sentencia de primera instancia del caso de Benjamín Rodríguez Valdivia, la Dirección del Hospital Gustavo Fricke a través de un comunicado señaló que:

"Se trata de un proceso judicial, en el cual este establecimiento ha colaborado permanentemente, aportando todos los antecedentes necesarios para la investigación de esta causa. En la actualidad, el hospital se encuentra analizando los antecedentes de dicha sentencia, para determinar las instancias superiores de apelación". En el mismo escrito se agrega que: "La información clínica del caso, que es parte de este juicio, es de carácter reservado en el marco de la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes que protege y respeta la privacidad del paciente y sus familiares, información que se encuentra en poder de los Tribunales de Justicia".