Académico fue condenado por abuso sexual a su hija
Por unanimidad, Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar resolvió absolverlo del delito de violación. Sentencia se conocerá el 11 de abril.
Tras cinco días de juicio, ayer, pasadas las 14.50 horas, las magistrados de la Sala 4 del Tribunal Oral en Lo Penal de Viña del Mar resolvieron condenar por unanimidad, como autor del delito de abuso sexual reiterado en contra de su hija, al académico Leonardo León Solis, quien solo minutos antes de que se leyera la sentencia, se había manifestado en audiencia, tranquilo frente a su escenario judicial.
La lectura de veredicto estuvo a cargo de la magistrado Angélica Jiménez, quien precisó que el tribunal, también por unanimidad, resolvió absolver al acusado del delito de violación, delito que le imputara la parte querellante, por no existir elementos de prueba que acrediten su ocurrencia.
Tras la lectura de veredicto, el fiscal Hernán Silva Satta se mostró satisfecho por el veredicto dado que el tribunal acogió la calificación jurídica realizada por el Ministerio Público.
"Pensamos que con esto se satisface la pretensión punitiva del Ministerio Público y también contribuirá a poder de alguna manera, reparar el daño causado a la víctima y su familia" declaró el persecutor.
El abogado querellante, Cedric Macfarlane manifestó que "existe satisfacción por el trabajo efectuado por el Ministerio Público y por el trabajo que ha hecho esta parte, en cuanto a hacer llegar antecedentes. Es dable mencionar que muchos de los antecedentes que aquí aparecieron, en este caso, justamente se deben al trabajo de esta parte, en orden a fundamentar mejor una acusación en contra del señor Leonardo León Solis".
Macfarlane admitió su disconformidad con la absolución para el delito de violación, precisando que, a juicio de esta parte, "existen antecedentes como para determinar la existencia del delito de violación, pero por cierto es una materia que vamos a tener que estudiar una vez que ya esté el fallo en su integridad en nuestro poder y ahí determinar si recurrimos o no recurrimos de nulidad ante la Corte".