El Presidente Sebastián Piñera anunció recientemente que patrocinaría la "ley mortinato", moción presentada por un grupo de diputadas (os) en abril de 2018 (Boletín N° 11707-07) que busca reemplazar el artículo 49 de la ley 4.808 que rige al Registro Civil, para poder inscribir a los nonatos como si se tratase de personas difuntas.
Y si bien dicha inscripción será voluntaria, sentará un precedente legal al considerar al nonato como si fuese una persona. Precedente legal que podría ser utilizado para obstaculizar la aprobación de una ley de aborto por sistema de plazos ("aborto libre") Y con un Tribunal Constitucional tan creativo como el que tenemos, que le asigna "consciencia" a las instituciones, tratándolas como personas, resulta razonable ser suspicaz respecto a los verdaderos motivos del patrocinio de una ley que equipara a un nonato con una persona difunta.
Si el objetivo es realizar un reconocimiento simbólico del hijo que no llegó a nacer, bastaría con ajustar la actual Norma General Técnica N° 86 del Ministerio de Salud, que establece "Normas y Procedimientos para el Registro de las Defunciones Fetales y de Recién Nacidos". Dicha norma, mandata emitir un "Certificado Médico de Defunción y Estadística de Mortalidad Fetal", sin límite inferior de edad gestacional del nonato, sólo considerando que pueda ser diferenciable del tejido materno (esto es -aproximadamente- desde las 7 semanas de gestación) Y el ajuste requerido en la norma, sería inscribir con un nombre al nonato (en vez de que aparezca como NN).
Como se aprecia, la modificación es muy simple, no requiere de una ley: el Presidente podría realizarla hoy mismo si tuviera la voluntad. A menos que su intención sea boicotear la aprobación de una ley de aborto por sistema de plazos. Y en ese caso, va a insistir con la "ley mortinato".
Sergio Antonio Lastra Guerra