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Los que todavía huyen de la ley y cuyas penas podrían prescribir

Recientemente la PDI capturó a Natalia Guerra, pero aún falta Enrique Kittsteiner y los seis prófugos por el caso de Eduardo Lara. La fiscal regional y el jefe de la BH se refieren a las diligencias.
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En algún minuto de sus vidas, los prófugos de la justicia tendrán que enfermarse, pagar cuentas o escribir una lista de compras. Así como lo hizo Natalia Guerra, la mujer que recientemente fue capturada por la Policía de Investigaciones (PDI) en la Isla de Maipo, tras haberse escondido durante dos años por el delito de parricidio: entregó a su hijo para que lo quemaran vivo en la secta de Colliguay.

Algo similar podría ocurrir con el exjefe de gabinete de la Intendencia, Enrique Kittsteiner, quien en octubre de 2014 fue condenado a 8 años y 1 día por los delitos de fraude al fisco y malversación de caudales públicos. O con los seis condenados por la muerte del guardia municipal Eduardo Lara, quienes debían ingresar a la cárcel el 29 de diciembre de 2018.

Trabajo organizado

Actualmente, el caso de Enrique Kittsteiner lo sigue viendo la Brigada de Delitos Económicos (Bridec) de la PDI, y el de los seis jóvenes prófugos, el departamento O.S.9 de Investigación de Organizaciones Criminales de Carabineros de Santiago. Desde ambas policías advierten que no pueden entregar mayores detalles de las búsquedas "para no entorpecer la investigación", pero el comisario Rodrigo Muñoz, subjefe de la Brigada de Homicidios (BH) de Valparaíso, explica que el método de trabajo que utilizan todas las unidades del país es el mismo.

"Para nosotros el protocolo no cambia porque no existe un área determinada que se dedique específicamente al tema de los prófugos", afirma. El comisario agrega que la PDI, a lo largo de los años, ha creado diferentes equipos para sus 22 brigadas, y que en la BH porteña existe el grupo "Pelícanos", que en agosto de 2018 logró la captura del "Huaso Jan", un avezado delicuente que estuvo fugitivo dos años. "El nombre 'Pelícanos' es un poco divertido, pero tiene todo un sentido porque es un ave muy inteligente que, antes de abordar a su presa, primero la observa, la estudia y la analiza. Luego gasta toda su energía para capturarla", acota el subcomisario Muñoz.

Estos grupos, que reciben distintos nombres dependiendo de quien se haga cargo, solo se activan cuando la Fiscalía le solicita al tribunal las órdenes de detención de las personas involucradas. Cuando esto ocurre, se emana una orden de detención que es ingresada al Sistema de Gestión Policial (SGP) y que habilita tanto a la PDI como a Carabineros, a capturar a las personas. Este sistema varía excepcionalmente, cuando el fiscal adjunto solicita que el hecho lo investigue determinada unidad. "Una vez que (la orden de detención) queda en este sistema, cualquier detective a nivel nacional que tome contacto con esta persona, ya sea por un control de identidad, o porque está saliendo o ingresando al país, puede detenerla para que sea puesta a disposición de los tribunales de justicia", dice el subjefe de la BH.

Sin embargo, todos estos grupos, se alinean a un grupo de inteligencia: la Oficina de Análisis Criminal (OFAN), que potencia las investigaciones criminales. En este contexto, el subcomisario Rodrigo Muñoz afirma que esta oficina literalmente es un "brazo derecho", porque los detectives que la conforman, que no son más de cuatro o cinco, los nutren de información valiosa para dar con el paradero de los delincuentes. "Gracias a ellos tenemos una gama enorme de información que está en la vía de las redes sociales y la tecnología. Es súper importante señalar que cada vez que existe un prófugo de la justicia, en algún minuto esa persona retomará su vida habitual (...) Y es ahí donde los audaces detectives de estos equipos, sobre todo los de la OFAN, nutren de información a los detectives operativos para concretar en definitiva la detención", enfatiza.

El subcomisario añade que el trabajo también se desplega con Interpol. "Hay muchos prófugos de la justicia de delitos de sangre principalmente, ocurridos en Chile, que están fuera en el extranjero y aún así han sido detenidos y ha sido tramitada la extradición a nuestro país", recalca.

Prescripción de penas

La fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, ratificó que las órdenes de detención "permanecen vigentes en el Catastro General de Órdenes de Aprehensión" y que las pueden materializar tanto Carabineros como la PDI.

Consultada por el caso de Kittsteiner, quien en octubre del año pasado "cumplió" la mitad del plazo al cual fue condenado, la fiscal dijo que, según lo que establece el artículo 97, las penas de crímenes prescriben en 10 años y las de simple delito, en 5 años. "La prescripción se interrumpe si el imputado comete nuevo delito. Cuando el imputado está fuera del territorio nacional se cuenta un día cada dos de ausencia, para el cómputo de años. Si transcurre más de la mitad del plazo de prescripción, el condenado puede acogerse a la media prescripción, caso en el cual el tribunal le podrá reconocer dos o más atenuantes muy calificadas y ninguna agravante para los efectos de establecer la pena a cumplir en definitiva. Es decir, se realizaría por parte del tribunal un nuevo ejercicio para determinar la pena", especificó.

Si los prófugos salieron del país y vuelven a Chile después del plazo de sus condenas, la fiscal Perivancich explicó que se pueden acoger "a la prescripción de la pena que puede ser declarada de oficio o a petición del condenado", según los artículos 97 y 102 del Código Penal.

La fiscal agregó que al amparo de la orden de detención emanada de los tribunales, "las policías cuentan con facultades autónomas" en las diligencias de búsqueda y encargo y que "la Fiscalía no decreta diligencias más allá de las propias de búsqueda y encargo de un condenado, pues la investigación ya está cerrada".

Asimismo, la autoridad regional expuso que "no hay una indagatoria abierta que permita decretar diligencias intrusivas, pues la conducta del condenado consistente en ocultarse y evadir la acción de la justicia no es constitutiva de otro delito". Por esto, la persecutora, comentó que habría un vacío legal, "pues la policía no puede realizar diligencias intrusivas en la búsqueda del prófugo".

-¿Y a qué se arriesgan los familiares o amigos que los puedan estar encubriendo?

-Las normas del encubrimiento, en particular del artículo 17 Nº 3 del Código Penal, podrían configurarse sólo en la medida que no se trate de parientes encubridores que están amparados en la excusa legal absolutoria del inciso final del señalado artículo (albergando, ocultando o proporcionando la fuga del culpable).

-¿Todos los delitos son factibles de prescripción?

-Sí, todos los delitos y las penas prescriben con la excepción de los crímenes de lesa humanidad que son imprescriptibles.

-¿Las penas podrían aumentar por haber evadido a la justicia o eso solamente sucede si cometieron otro delito?

-No, la pena primitivamente impuesta no aumenta por la evasión del condenado.

Por Cinthia Matus O.