el aumento de las penas

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Según explicó la Defensoría Penal Pública, las penas por infringir el artículo 318 bis van desde 541 días a 5 años de presidio y una multa de 25 a 250 UTM, pudiendo llegar hasta los $12,5 millones. Asimismo, la modificación de la ley en cuanto al antiguo artículo 318 aumenta las penas por su infracción a un rango entre 61 días a 3 años de presidio o una multa entre las 6 y las 200 UTM, es decir, entre $300 mil y $10 millones.