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Primer plebiscito en Chile

Solo 315 pobladores de Santiago, en 1812, participaron en la primera consulta sobre un texto constitucional. En su redacción participaron personas de cinco nacionalidades diferentes.
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Por Juan Guillermo Prado

Hoy, se inician unas elecciones inéditas en la historia nacional. Se elegirán, en dos jornadas, gobernadores, alcaldes, concejales e integrantes de la Convención Constituyente que tendrá como misión redactar una nueva Constitución Política, tal como lo expresó la ciudadanía en el Plebiscito Nacional del día 25 de octubre de 2020.

Será el comienzo de un proceso que continuará con la instalación de la Convención Constituyente; posteriormente, entre nueve o doce meses, dicha asamblea debe aprobar un nuevo texto constitucional y unos sesenta días después se tendrá que realizar un plebiscito para aprobar o rechazar la nueva Carta Magna.

Más de alguien puede creer que el proceso de aprobar la Constitución por medio de un plebiscito es una novedad, pero en nuestra historia han existido diversas consultas sobre el tema con diversos resultados.

El primero fue en 1812 para aprobar el Reglamento Constitucional propuesto por José Miguel Carrera. O'Higgins en 1818 convocó a otro para aprobar la Constitución Política de 1818. Más de un siglo más tarde, Arturo Alessandri Palma realizó otro para aprobar la Constitución de 1925 y la de 1980 fue aprobada por un nuevo plebiscito.

Hasta ahora ningún nuevo texto constitucional ha sido rechazado, porque siempre ha existido un artilugio que ha logrado evitar su impugnación.

El 4 de julio de 1811 se inauguraron las sesiones del Primer Congreso Nacional, considerado el quinto más antiguo del mundo, solo superado por Inglaterra, Estados Unidos, Francia y España. Pero no alcanzó a durar un año. El 2 de diciembre fue clausurado por Carrera. En el acta de disolución se expresó: "Queda suspendido el Congreso hasta avisar a las provincias del reino. No necesita ser un cuerpo permanente; por consiguiente, nada obsta la suspensión. El poder legislativo es esencialmente incomunicable por los representantes, y solo puede serlo por la voluntad de los que lo confieren. Todas las demás facultades, incluso las que piden las tropas, quedan en el Poder Ejecutivo".

Un Norteamericano Entrometido

Al año siguiente llegó el estadounidense Joel Robert Poinsett, como cónsul de su país. Se involucró rápidamente en la política interna y sugirió a Carrera la creación de un pabellón patrio. Se decidió que su inauguración sería el 4 de julio de 1812, fecha que coincidía con el aniversario de la Independencia de Estados Unidos. La fiesta se realizó en la sede del consulado.

Hasta allí llegaron los líderes patriotas y tres tipógrafos norteamericanos que contratados para trabajar en "La Aurora de Chile". En el transcurso del evento éstos se emborracharon y Poinsett sin mucha diplomacia los expulsó del evento. Retornaron armados y dispararon contra los guardias que protegían el lugar. Hubo en el enfrentamiento dos muertos y ocho heridos.

Poinsett era un hombre inquieto y nada lo intimidaba y presentó a José Miguel Carrera un reglamento constitucional Al respecto Carrera escribió: "Los patriotas se reunieron en la casa del cónsul Poinsett… Todo ello daría por resultado la elaboración definitiva del proyecto. Después de algunas noches presentamos la Constitución provisoria que debía darse el gobierno". Colaboraron en la redacción el altiplánico Jaime Zudáñez, el guatemalteco Antonio José de Irrisarri, el argentino Hipólito de Villegas y los chilenos Francisco Antonio Pérez, Camilo Henríquez, Manuel de Salas y Francisco de la Lastra.

Tres Días de Votaciones

El texto constaba de un preámbulo que señaló: "Los desgraciados sucesos de la nación española… obligaron a sus provincias a precaverse de la general ruina a que las conducían las caducas autoridades emanadas del antiguo corrompido gobierno. Chile, con igual derecho y necesidad mayor, imitó una conducta cuya prudencia ha manifestado el atroz abuso que han hecho en la Península y en la América los depositarios del poder y la confianza del soberano".

Tenía 27 artículos y declaraba que "Su Rey es Fernando VII que aceptará nuestra Constitución del modo mismo que la de la Península. A su nombre gobernará la Junta Superior Gubernativa establecida en la capital, estando a su cargo el régimen interior y las relaciones exteriores".

El artículo 1° indicaba: "La religión Católica Apostólica es y será siempre la de Chile"; en el artículo cuarto se expresó: "Reconociendo el pueblo de Chile el patriotismo y virtudes de los actuales gobernantes, reconoce y sanciona su elección; mas, en el caso de muerte o renuncia, se procederá a la elección...". Sutilmente, Carrera aseguraba el carácter vitalicio de su gobierno.

En el artículo siete se crea un Senado compuesto de siete miembros y uno de los artículos más curiosos fue el 21 que disponía: "Las prisiones serán lugares cómodos y seguros para la detención de las personas contra quienes existan fundados motivos de recelo, y mientras duren éstos, y de ningún modo servirán para mortificar a los delincuentes".

Para ratificar este Reglamento Constitucional, Carrera determinó que fuera aprobado por un plebiscito. Para ello se abrió un libro por tres días entre el 27 y 30 de octubre. Los que lo suscribieron fueron solo 315 electores, todos pobladores de Santiago. Fueron pocos pues para el Cabildo del 18 de septiembre de 1810 los asistentes fueron unos 400.

En relación a este primitivo Reglamento constitucional, Pablo Rubio, doctor en historia e investigador de la Biblioteca del Congreso Nacional, señaló: "El texto es ambivalente manifiesta principios modernos de autogobierno y estableció algunas instituciones nacientes como el Senado, pero sin independencia ni plantear un cambio político radical. Establecen fidelidad al rey, pero al mismo tiempo, una Junta del Gobierno. Algunos historiadores consideran que el texto ya establece una idea de independencia".

"Pero lo concreto que en Chile se declara la independencia en 1818 y aún en los años 1820 seguía una resistencia española importante. Pero lo cierto que la dictación de este Reglamento provocó que el virreinato del Perú incrementara el envío de sus tropas, lo que finalmente derivó en la derrota patriota en Rancagua en octubre de 1814".

Muchos destacados patriotas se negaron a firmarlo, entre ellos, algunos de los que participaron, ya sea como titulares o suplentes, en el Primer Congreso Nacional como Manuel de Salas -quien colaboró en su redacción-, Juan Agustín Alcalde, Juan Antonio Ovalle, Francisco Antonio de la Lastra, Antonio Aránguiz, Benito Vargas o Agustín Vial, diputado por Valparaíso que residía en Santiago. Tampoco votaron Bernardo O'Higgins y otros patriotas que vivían en las provincias.

Poco más de un año duró la vigencia de este Reglamento Constitucional fue derogado el 6 de octubre de 1813.

"Después de algunas noches presentamos la Constitución provisoria que debía darse el gobierno".