Corte rechaza amparo presentado por cineasta Nicolás López: seguirá preso
Vocero dijo que resolución de prisión preventiva contra el condenado por abusos es legal al estar fundamentada y dictada por un tribunal competente y que si no se comparten los argumentos, es materia de otro tipo de recurso.
Belén Velásquez - La Estrella de Valparaíso
En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de amparo con el que la abogada Paula Vial pretendía obtener la libertad del cineasta Nicolás López, condenado por el Tribunal de Viña del Mar por dos abusos sexuales.
Lo anterior luego de que López tuviera que ingresar a prisión preventiva tras conocerse que fue sentenciado a una pena de crimen de 5 años y un día que debe ser cumplida con cárcel, no habiendo posibilidades de optar a un complimiento sustitutivo, es decir, en libertad.
La privación de libertad de López fue fundada en que él constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y -pese a que su sentencia aún es recurrible de nulidad y podría variar- el tribunal consideró que la aplicación de la medida cautelar no es una pena anticipada.
Los argumentos
Dentro de los argumentos del Tribunal de primera instancia, también se consideró que los hechos por los que fue condenado el director de cine son graves, que existe un patrón abusivo de conducta, que son numerosas víctimas las que vieron afectada su integridad sexual como bien jurídico protegido y que incluso se dio por acreditado un tercer hecho por el que no se condenó al no estar tipificado cuando ocurrió, pues hoy sí habría constituido un tercer abuso sexual por parte de López.
Al respecto, Paula Vial estimó que la resolución del tribunal oral fue "arbitraria, pues carece de fundamento y de justificación racional, por cuanto el Tribunal se contradice", pues el 26 de abril, cuando se conoció que López era culpable, pero no la pena que cumpliría, los jueces negaron la prisión preventiva pedida por Fiscalía.
Sin embargo, esa posición varió tras conocerse que deberá pagar con cárcel.
Arbitrariedad
"El hecho que se establezca el supuesto patrón de conducta, que no da lugar a ninguna condena, o que se señale que hubo una conducta que a futuro podía ser constitutiva de delito, son todos criterios completamente ilegales y que transforman la decisión del tribunal oral en una decisión arbitraria e ilegal. Es lo que pedimos que reparen porque esta privación de libertad es arbitraria e ilegal y no tiene reparación si es que ustedes, señoría ilustrísima, no le ponen atajo", sostuvo Vial.
Sin embargo, la Cuarta Sala de la Corte d Apelaciones de Valparaíso rechazó en forma unánime las alegaciones de Vial y acogió la petición de Fiscalía de mantener la prisión preventiva.
El vocero del tribunal de alzada, ministro Raúl Mera, explicó que el amparo fue rechazado por estimarse que la aludida resolución no es ilegal por ser dictada por el tribunal competente y por estar fundamentada.
"Hay un elemento nuevo procesal como es la dictación de una sentencia que le impuso al señor López una pena de cárcel, de cumplimiento efectivo, en encierro", sostuvo Mera.
"Si esto es o no suficiente para decretar una prisión preventiva, si es un cambio de circunstancia con el peso, con el mérito suficiente para ello, estimó la Corte que es una cuestión ajena al problema de legalidad, que es lo único que reconoce el recurso de amparo. El recurso de amparo no entra a determinar el peso de los fundamentos, el mérito de la resolución, para eso está el recurso de apelación".
Apelación, no amparo
"Una resolución que tiene un razonamiento, un fundamento, que uno no comparte, que no le parece suficiente en cuanto a su peso, no es ilegal. La puede compartir o no y eso se ve en una apelación", cerró el Ministro Mera, precisando que Vial aún podría recurrir hasta la Corte Suprema por este caso.
En paralelo, Vial anunció que interpondrá un recurso de nulidad de juicio, cuyo plazo vence hoy, pues hasta el cierre de esta edición aún no ingresaba el libelo al Poder Judicial.