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Piden a instancia internacional hacer cumplir fallo de la Corte Suprema

Defensoría de la Niñez recurrió a la Comisión Interamericana de DD.HH. y advirtió que está pendiente la discusión para que no se archive la causa.
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Belén Velásquez - La Estrella de Valparaíso

En 2019, tras los episodios de contaminación que en 2018 dejaron a cientos de personas con síntomas de intoxicación en Quintero y Puchuncaví, la Corte Suprema dictó un fallo en el que establecía 15 puntos para esclarecer y paliar los efectos del cordón industrial en la zona que han afectado a la salud y al medio ambiente.

"El Estado no puede propender a un desarrollo económico abandonando su rol garante de los derechos constitucionales y así, su deber de protección a la población y la familia y promoción del bien común", dice la resolución judicial que fundó la solicitud que la Defensoría de la Niñez hizo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Archivo de la causa

En ella, Patricia Muñoz señala que el Estado no ha cumplido con las medidas dictadas por el máximo tribunal y advierte que "actualmente hay tramitación pendiente en la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que no se decrete el archivo de los antecedentes, lo que daría como 'cumplida' la sentencia, a pesar de lo evidente que resulta que dicha resolución no ha sido aplicada por el Estado de Chile".

De esta manera, es que la defensora de la Niñez solicitó a la CIDH que pueda disponer "con urgencia, todas aquellas medidas que tutelen los derechos humanos vulnerados de los niños, niñas y adolescentes (NNA) habitantes de la zona afectada y, entre otras, ordene al Estado de Chile la inmediata determinación epidemiológica de enfermedades de los NNA de la zona, la determinación científica precisa de todos los compuestos químicos contaminantes (sean que estén regulados o no) y su efecto en la salud de los NNA".

Parar industrias

Asimismo, también se pide "ordenar al Estado de Chile la inmediata paralización de la actividad industrial en la zona durante el tiempo que sea necesario para, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto, tutelar el ejercicio de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes de la zona".

Lo anterior, luego de que el punto G del mencionado fallo pidiera, entre otras cosas, elaborar un diagnóstico de enfermedades presentes en la población que sean derivadas de la contaminación de la zona, hacerles un seguimiento y adoptar vigilancia epidemiológica para posteriormente ejecutar programas sanitarios específicos para satisfacer las necesidades de la población.

En relación a esto, la ministra de Salud, Begoña Yarza -que ayer estuvo de visita en la zona, como ha sido su tónica, de forma muy discreta y sin enfrentar a la prensa- anunció el pasado 11 de junio la implementación de un plan que abarca algunos aspectos planteados en la sentencia, aunque sin precisar si se trata o no de un intento de cumplir con la resolución judicial.

En dicha ocasión, la autoridad comunicó que a partir de julio se realizará un estudio que permitirá conocer el impacto de metales pesados en las personas que habitan la zona además de un censo población "con prioridad en niños, niñas y adolescentes en sus propios colegios para saber cómo están y cuáles son las afectaciones que podemos encontrar en nuestra población".

"Sería ideal que tomáramos la sentencia de la Corte Suprema de mayo de 2019 y que empezáramos a cumplirla. En relación al catastro de contaminantes existentes en el territorio para saber realmente qué es lo que está ocurriendo porque no lo sabemos todavía, desde el 2018. Y las empresas que puedan producir de manera limpia que lo hagan, sino van a tener que irse para otro lado", dijo al respecto María Teresa Almarza de la agrupación Mujeres en Zona de Sacrificio.

A 12 días de su anuncio se publica el decreto de alerta sanitaria

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El 11 de junio, tras los episodios de contaminación del día 6, las ministras de Medio Ambiente y Salud, Maisa Rojas y Begoña Yarza, respectivamente, anunciaron alerta sanitaria para Concón, Quintero y Puchunvaví.

La toma de razón de dicho decreto se efectuó el viernes 17 y sin embargo, recién ayer fue publicado en el Diario Oficial.

La medida, entre otras cosas, faculta a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud para "ordenar la disminución de la emisión de material o sustancias contaminantes de fuentes fijas comunitarias e industriales cuando las condiciones sanitarias así lo ameriten".

De igual forma, permite que la autoridad sanitaria pueda "suspender, total o parcialmente, el funcionamiento de fuentes fijas comunitarias e industriales que emitan material contaminante cuando las condiciones sanitarias así lo ameriten, previa visación por escrito de la Subsecretaría de Salud Pública", se lee en el documento oficial, donde se detalla que la alerta regirá hasta el 30 de septiembre pudiendo su término ser adelantado o prorrogado de acuerdo a las condiciones sanitarias.

Asimismo, desde la Seremi de Medio Ambiente se señaló que aún las empresas Lipigas y Abastible no entregan sus ajustes de planes operacionales pedidos por la autoridad.