Tras cuatro suspensiones terapias de electroschock llegaron a la Corte
Corporación La Matriz indicó que más de mil sesiones se hicieron sin anestesia en el Siquiátrico de Valpo. Recurridos solicitaron rechazar recurso.
Tras meses de espera, este viernes se realizó finalmente la vista del recurso de protección en contra del Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio (SSVSA) y del hospital Psiquiátrico del Salvador, por presuntas prácticas que atentarían contra la integridad física y psicológica de algunos pacientes del recinto hospitalario.
Así, la instancia, que integró las palabras del relator de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, José Vizcarra, y los alegatos de las partes, se extendió por casi una hora.
En la ocasión, se dio lectura a los antecedentes del caso y tuvieron lugar las intervenciones de los abogados Carlos Alvear, por la recurrente Corporación La Matriz y José Miguel Quiroz, por las partes recurridas.
"Se estarían realizando intervenciones de terapia electro convulsivas sin anestesia, sin ajustarse a la debida norma técnica", relató José Vizcarra durante el inicio de la audiencia.
"Un informe, denominado 'Informe de visita de la Comisión regional de protección de derechos de personas con enfermedades mentales', que fue realizado con anterioridad a esta denuncia, en la que ya se daba cuenta, según indica, de diversos hallazgos que podrían ser eventualmente actuaciones que infringen garantías constitucionales de los pacientes (...). A modo de ejemplo, dan cuenta de los siguientes: la inexistencia de un protocolo de atención para la aplicación de la terapia electro convulsiva, la inexistencia de registro de terapias que fueran aplicadas en el hospital, la realización de tres sesiones de este tipo de terapia sin el consentimiento de los pacientes, salas sin iluminación natural, ni calefacción y carencia de espacios para rehabilitación, entre otros hechos", agregó el relator.
Alegatos
Luego de la contextualización de los hechos, fue el turno del abogado Carlos Alvear, quien, en medio de sus alegatos, entregó información detallada del caso.
"Estamos hablando de actos y omisiones ilegales de los cuales hemos agrupado en tres hipótesis. La primera, los seguimientos de terapia electro convulsivas (TEC) sin anestesia y sin anestesista (…). Hay que señalar que el equipo médico del hospital del Salvador envía un informe al ministerio de Salud, donde da cuenta que se realizaron 1.049 sesiones de TEC no modificados, es decir, sin anestesia, sin relajante musculares entre el año 2016 y 2021", detalló Alvear, quien explicó que los TEC no modificados "pueden infligir dolor y sufrimientos intensos a las personas, déficits cognitivos, pérdida de memoria, fractura, esguinces y traumas a nivel de la columna vertebral. Esto lo dice el Comité Europeo para la prevención de la tortura del año 2005".
A su turno, la parte recurrida, a través del abogado Quiroz, expresó que el recurso interpuesto "no cumpliría con los requisitos legales" para seguir su curso, por lo que solicitó su rechazo: se acusó de tener "un objetivo más comunicacional que de derecho".
"El alegato que hizo la parte recurrente se limitó a citar normas legales, hablar generalidades (...), pero, sin embargo, no conectó nada de los hechos que señaló con los recurridos que dice representar. No sabemos cómo todos los hechos que dijo afectan a las personas que dice representar", precisó.