Corte rechazó el recurso de la ANFP por contrato con casa de apuestas
Tribunal de alzada desestimó solicitud ante oficio del Ministerio de Justicia para terminar el vínculo. La asociación anunció que apelará ante la Suprema.
Nicolás Labra G.
Otro duro golpe recibió ayer la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) al enterarse que la Corte de Apelaciones desestimó su recurso de protección presentado hace unos días tras conocerse el oficio del 1 de septiembre del Ministerio de Justicia, que solicitó terminar el contrato con la casa de apuestas online que tiene el auspicio del torneo de Primera División y Primera B.
La Corte de Apelaciones se amparó en lo señalado por la Corte Suprema, que con el fallo de la tercera sala ordenó bloquear más de 20 sitios web de las casas de apuestas online, debido a que no está permitida su operación bajo el marco legal vigente en el país.
En el fallo de la Corte de Apelaciones sobre su rechazo al recurso de la ANFP, se estableció que "se desprende que su contenido excede las materias que pueden ser objeto del mismo atendida su naturaleza cautelar, puesto que la solicitud que se realiza abarca aspectos que demuestran que el objeto de la recurrente es impugnar la aplicación de una norma legal, y en especial, atendido lo resuelto recientemente por la Corte Suprema".
El golpe deja en muy mal pie a Pablo Milad, presidente de la ANFP, quien hace unos días se reunió con los presidentes de clubes con la intención de acatar la orden, pero que, según radio ADN, terminó con una fuerte oposición, especialmente de los tres grandes, que le pidieron seguir judicializando el tema y defender el millonario contrato de tres años de US$2,5 millones de dólares por cada temporada que recibe gracias a los derechos del nombre.
Tras la resolución de la Corte de Apelaciones, la ANFP confirmó en un comunicado que "esta Asociación apelará ante la Excelentísima Corte Suprema, como es usual ante una resolución de este tipo", e insiste en que "en su recurso de protección, la ANFP reclama exclusivamente que el Oficio vulneró su derecho constitucional a ser juzgada por los tribunales que señala la ley, ya que el subsecretario en lugar de presentar su respectiva demanda ante un juez, instruyó administrativamente que se ponga fin a contratos vigentes".