Contraloría auditará campo Dunar en Concón
Eso por falta de resguardo municipal. Denuncia fue interpuesta el 5 de marzo por diputado Celis. También se informó a seremi de Medioambiente.
Guillermo Ávila N. - La Estrella de Valparaíso
En el campo dunar de Concón se constituye un Santuario de la Naturaleza que conforma uno de los 56 Sitios Prioritarios de la Región de Valparaíso. Reconocimiento pasa por la Estrategia Regional de Biodiversidad (ERB) y que cuenta con la mayor diversidad de flora y fauna del sistema dunar de Chile.
Pues bien, es en aquel sitio donde la Contraloría puso la lupa e inició una auditoría relacionada con la gestión y manejo del Santuario de la Naturaleza Dunar de la Punta de Concón. Esto fue informado por el órgano contralor a la Municipalidad de Concón y a la Seremi del Medio Ambiente de la Región de Valparaíso, acerca del inicio de la auditoría a las acciones realizadas por ambas entidades: les dio un plazo de 10 días hábiles para entregar los antecedentes solicitados respecto de la gestión y manejo del Santuario de la Naturaleza "Campo Dunar de la Punta de Concón".
Al respecto, fue Andrés Celis, diputado de Renovación Nacional (RN), quien precisamente a principios de marzo, solicitó esta acción al ente contralor. Esto para determinar si el municipio conconino está dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza sobre protección, aprobada por medio del decreto alcaldicio N° 1.613, de 2021, debido a situaciones detectadas en sus visitas al sitio, que dan cuenta que esa área no estaría siendo resguardada.
Tras varias visitas en el último tiempo al sector, el parlamentario afirmó constatar hechos que distan del resguardo a aquel Santuario.
"Hay un uso indiscriminado de tablas de arena, arrendadas por comerciantes, actividad expresamente prohibida. Se habilitó un sendero de uso público para alcanzar la cima de las dunas, sin ningún tipo de supervisión", puntualizó.
El legislador criticó que exista "gran cantidad de basura en la superficie", además de "residuos, desperdicios y escombros" en el lugar que genera "daño ambiental de magnitud".
Para el parlamentario se trata de "situaciones graves" que van "en desmedro del santuario de la naturaleza y que ameritaban una fiscalización del ente contralor", y que "así lo entendió al ordenar esta auditoría, toda vez que es deber del municipio fiscalizar el cumplimiento de la Ordenanza". La norma en cuestión, en artículo 9, detalla actividades que no se pueden realizar en el campo dunar de Concón.