Bolivia no respondió a La Haya la definición de "acceso soberano al mar"
El 8 de mayo, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en La Haya le solicitó a Chile y Bolivia responder, por escrito, qué entendían por "acceso soberano al mar" puesto que el concepto no está reconocido por el derecho internacional. La respuesta fue entregada el miércoles 13 del mismo mes y ayer liberado del secreto inicial.
Bolivia evitó responder la pregunta debido a que "para que el significado de ese término y su contenido específico puedan ser definidos, es necesario determinar el entendimiento que tengan las partes en los acuerdos sucesivos a los que han llegado. La existencia y el contenido específico de estos acuerdos, Bolivia respetuosamente expone, es claramente una materia que no se puede determinar en la etapa preliminar del procedimiento, y debe ser en cambio determinada en la etapa que aborda el fondo del asunto".
Esto sucede debido a que los alegatos realizados a principio de mes tuvieron por objeto analizar la competencia que tiene el tribunal en la demanda marítima y no el fondo del caso.
Territorio de costa
En tanto, Chile aseguró en su respuesta que Bolivia "está reclamando que Chile está en obligación de transferir a Bolivia soberanía sobre territorio de costa bañado por el Océano Pacífico" y agregó que "en el contexto de explicar su demanda de un derecho a 'acceso soberano al Océano Pacífico', Bolivia se refiere igualmente a 'la secesión a Bolivia de costa soberana', 'cesión de territorio' y 'modificación del estatus territorial entre dos países'".
La respuesta de la delegación nacional insistió que el Tratado de 1904 ya definió los temas de soberanía entre ambas naciones, y que según el Pacto de Bogotá, La Haya no puede revisar asuntos ya resueltos antes de su entrada en vigencia.
Además agregó que "el significado de la expresión 'acceso soberano al mar' como fue usada por Chile en la formulación de su objeción a la jurisdicción, es la misma usada por Bolivia en su Postulación y Memoria". J