Jueza de hierro mandó de vuelta a la cárcel a seguidores de Antares
La magistrado Deisy Machuca desestimó los informes siquiátricos que hablaban de un "delirio místico" de los integrantes de la secta y comparó su crimen con las violaciones a los derechos humanos en Colonia Dignidad.
De las risotadas e indiferencia que mostraron la semana pasada los integrantes de la secta de Colliguay, nada quedó la mañana de ayer, luego de que la magistrado del Juzgado de Garantía de Quilpué, Deisy Machuca Cabrera, entregara un lapidario informe final condenatorio de los siete integrantes que dieron muerte a un recién nacido, en un rito de fin del mundo ocurrido en noviembre del año 2012.
Natalia Guerra, condenada por el parricidio de su hijo Jesús Guerra Guerra; Pablo Undurraga, condenado por homicidio calificado; y los encubridores de homicidio calificado David Pastén, María del Pilar Álvarez, Carolina Vargas, Josefina López y Karla Franchy, escucharon atentos el relato de la jueza Deisy Machuca Cabrera, pero a medida que avanzaba en sus explicaciones, sus rostros y los de sus familiares se iban transformando.
¿La razón? La magistrado desestimó por completo los informes periciales de los 19 siquiatras que intentaron acreditar que tanto la mamá del lactante, Natalia Guerra, como la mano derecha de Antares de la Luz (el líder de la secta), Pablo Undurraga, y sus seguidores, eran víctimas un "delirio místico compartido" al momento de ocurridos los hechos.
La defensa de los inculpados pretendía que el tribunal considerara este "delirio místico" como un atenuante que permitiera rebajar la pena de los condenados, lo que finalmente no fue considerado por el tribunal, que decretó cinco años de pena efectiva para Guerra y Undurraga, y tres años de libertad vigilada para los cinco encubridores.
Los argumentos
"Los diversos informes exhibidos arrojan conclusiones disímiles e incompletas, como lo sostiene Otto Dörr, y sumado al hecho que los imputados se negaron a someterse a evaluación siquiátrica directa con este médico, da cuenta de un intento de eludir una evaluación pericial objetiva de un profesional eminente, dejando la duda si su evaluación habría resultado desfavorable para los imputados", partió diciendo la jueza.
La magistrado, si bien aclaró que no les restaba profesionalismo ni veracidad a dichos reportes, sostuvo que éstos no fueron vinculantes para tomar una determinación.
"Si la justicia se fundará en lo que dicen los siquiatras y sicólogos, serían ellos los jueces que imparten justicia; por ello, una cosa es conocer lo que dice la ciencia médica y otra distinta es la ciencia jurídica, por lo que los informes incorporados sólo pueden tenerse presentes como opiniones científicas, pero no como criterio ineludible para tomar la decisión", señaló.
Plena conciencia
En otro de los pasajes de la lectura, que duró alrededor de 40 minutos, la jurista sostuvo que "llama la atención el momento en que Guerra y Undurraga se encontraban atando al bebé, taparon la boca del recién nacido con un calcetín o un algodón, lo amarraron con cinta adhesiva a una tabla y taparon sus ojos, para luego entregarlo a Antares de la Luz. Mientras esto ocurría ellos lloraban; después de entregarlo, se alejaron y estuvieron en la camioneta y lloraban nuevamente. Ello no sólo demuestra una manifestación física de sentimientos, sino que una plena conciencia de sus actos. Si hubiesen actuado con ánimo frío, sin expresar emociones, podría entenderse que actuaban como autómatas, sometidos por este 'delirio místico compartido', pero no fue así: lloraban porque comprendían plenamente el alcance de sus actos".
"¿Por qué no pensar que se puede aparentar un trastorno mental, dando las respuestas esperadas para llevar a error y burlar a los profesionales de salud mental? (...) Recordemos que los imputados se volvieron expertos en mentir y ocultar la verdad", sostuvo la magistrado, en virtud de las declaraciones hechas por los mismos integrantes de la secta, quienes reconocieron que hacían una vida normal afuera de ésta. Trabajaban, viajaban por el país y fuera de éste, y compartían con sus familias, ocultando lo que estaban haciendo.
La jueza incluso llegó a comparar lo ocurrido en la secta de Colliguay con las violaciones a los derechos humanos registrados en Colonia Dignidad o en dictaduras.
A la cárcel
Estos y otros argumentos fueron los que la jueza estimó que fueron suficientes para otorgarles el máximo que le exige la ley para su caso. Así, tanto Natalia Guerra como Pablo Undurraga deberán cumplir de manera efectiva la pena máxima de 5 años y un día de prisión. El resto de los imputados deberá cumplir una condena de 3 años y un día. En este último caso, la jueza estimó que se reúnen los antecedentes que permiten que esta pena sea sustituida por la de libertad vigilada intensiva. Además deberán someterse a un plan de intervención individual que comprender la realización de actividades tendientes a la rehabilitación y reinserción social.
Cabe destacar que tanto Pablo Vargas como Natalia Guerra estuvieron 361 días privados de libertad y otros 271 días de arresto domiciliario, lo que hace un total de 632 días que se abonarán al total de la pena.
Claudio Pérez. defensor público de Natalia Guerra, y Javier Arévalo, abogado de Undurraga, anunciaron que apelarán al fallo de la magistrado, en tanto que el fiscal Juan Emilio Gatica se mostró conforme con el resultado del proceso, que duró cuatro años.
Los imputados permanecerán en libertad hasta que la Corte de Apelaciones ratifique lo ordenado por la jueza o revoque el fallo redactado por la jueza Deisy Machuca Cabrera.