Wanderers recibe fuerte multa de casi 100 millones de pesos
La Gobernación Provincial estableció que la sociedad anónima caturra no cumplió con las exigencias legales en su rol de organizador de partido, todo en el marco del recordado duelo ante Colo Colo del 6 diciembre de 2015, en el que varios hinchas, de ambas parcialidades, terminaron enfrentándose en los pastos del estadio Elías Figueroa Brander.
Era el pasado jueves por la tarde y la cabeza de Rafael González Camus, presidente de Santiago Wanderers, estaba enfocada en la reunión que al día siguiente sostendría con todos los timoneles del fútbol chileno, buscando amarrar el ascenso del cuadro caturro. En aquel momento, y justo cuando la atención del playanchino estaba enfocada en la defensa de los verdes, a su correo llegó una notificación que parecía enterrada en el olvido.
"A comienzos del año 2016, la Corporación Santiago Wanderers interpuso una denuncia que patrociné yo, como abogado, en contra de la sociedad anónima por los hechos de violencia que habían ocurrido el 16 de diciembre del año 2015 en el partido entre Wanderers y Colo Colo", cuenta Luis Henríquez, socio del Decano y encargado de personificar la demanda que hoy causa dolor de cabeza en la interna verde, todo en relación con aquel recordado duelo que ni siquiera llegó a jugarse, en el que miembros de ambas parcialidades, luego de violentos incidentes previos en las calles de Valparaísso, saltaron a la cancha del Elías Figueroa para involucrarse en una gresca que está guardada en el baúl de los momentos más vergonzosos de la historia del balompié nacional.
El proceso, que se enmarca dentro de la ley 19.327 de Derechos y Deberes en los Espectáculos de Fútbol Profesional, es de carácter administrativo y, por ende, quien sentencia y resuelve, en este caso, es la Gobernación de Valparaíso, entidad que estableció, tras años de investigación, que Santiago Wanderers SADP no cumplió con las exigencias legales en su rol de organizador de un partido de fútbol profesional.
Lo anterior le significa al club una multa de 2.000 UTM, algo así como $99.246.000, debido, según indica el dictamen, primero a las "fallas en el dispositivo de seguridad privada por el ingreso de elementos prohibidos al interior del recinto deportivo" y, en segundo lugar, a "la no adopción de medidas de seguridad suficientes durante el desarrollo del evento deportivo de fútbol profesional".
La apelación
Cabe consignar que la dura sentencia todavía no se encuentra firme, vale decir, que la sociedad anónima caturra aún puede proceder con recursos en contra de la resolución.
La primera forma de impugnar el fallo es mediante un recurso de reposición ante la propia Gobernación Provincial, para lo cual tiene cinco días hábiles desde la notificación, es decir, hasta hoy. El segundo recurso que se puede interponer es uno de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, plazo para el cual se tienen quince días corridos desde la notificación. Este último será el elegido por parte de los abogados porteños.
"Estamos estudiando antecedentes con el objeto de presentar o seguir la vía judicial", parte diciendo respecto al tema Rafael González, para posteriormente confirmar que "en estos momentos la institución tiene posibilidad de acudir ante la Corte de Apelaciones para presentar un reclamo de ilegalidad ante esta decisión. Recordemos que esta es una decisión de naturaleza administrativa y ahora lo que viene es un paso de naturaleza judicial".
El dirigente porteño, eso sí, dio luces de la defensa que presentará la institución que él preside, indicando que "tenemos que hacer presente que en su momento, tal como lo señaló la Gobernación Provincial de Valparaíso, Santiago Wanderers había cumplido con todas las medidas de seguridad, de tal manera que esperamos revertir esta medida en la instancia judicial que corresponda".
Henríquez, jurista que presentó la denuncia, coincide en aquel punto con González Camus, aunque marca la diferencia que, a su parecer, terminó inclinando la balanza en favor de los argumentos de la corporación verde.
"Respecto a las fallas de los dispositivos de seguridad, la sociedad anónima argumentó durante el proceso que ellos habían cumplido con todo lo formalmente exigido, pero lo que nosotros sostuvimos, y eso yo creo que es súper importante desde un punto de vista jurídico, es que no basta con cumplir formalmente, sino que tiene que haber un cumplimiento material, el control tiene que ser efectivo, con una obligación de resultado. A aquel partido ingresó una cantidad y calidad de elementos que no hacen si no suponer que hubo una falla brutal del dispositivo de seguridad", recalcó el letrado wanderino.