Tribunal de Viña condenará a J. Cobin por disparos: "Hay dolo homicida"
Por unanimidad, los jueces declararon culpable al pistolero de Reñaca de un homicidio tentado y otro frustrado en relación a los hechos ocurridos en 2019. Fiscalía pide 15 años de presidio.
Belén Velásquez N. - La Estrella de Valparaíso
Por unanimidad el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar consideró culpable de dos homicidios a John Macarewich Cobin, uno en calidad de frustrado y otro tentado. Asimismo, el norteamericano será condenado por disparar injustificadamente.
Los hechos en los que la Fiscalía acreditó la participación de Cobin, luego de una minuciosa investigación realizada por personal de la SEBV y de Labocar de Carabineros, se remontan al 10 de noviembre de 2019, fecha en la que el ahora condenado llegó hasta la playa de Reñaca mientras en ese lugar se realizaba la manifestación "Los Flaites a Reñaca".
El que baila pasa
Cobin, en medio del denominado "el que baila pasa" disparó al menos en cuatro ocasiones contra los manifestantes. Acto seguido, una seguidilla de hechos violentos se registraron en el balneario viñamarino, donde incluso un restorán resultó afectado por un incendio.
Según el veredicto leído en audiencia por el juez redactor de la causa, Claudio Correa, dicho día, en calle Ignacio Carrera Pinto con Borgoño un grupo de manifestantes bloqueó parcialmente la calzada, "controlando el paso de los vehículos a condición de que una persona por cada móvil descendiera a efectuar bailes".
El magistrado continuó relatando que hasta ese lugar llegó Cobin y "el grupo ubicado en el lugar intentó detener su móvil, lo que el acusado evitó acelerando el motor. Sin embargo, unos metros más allá de la referida esquina, por la calle Ignacio Carrera Pinto, se detuvo, extrajo una pistola calibre .40 inscrita a su nombre, sin autorización de porte. Con la puerta del conductor entreabierta y sin bajarse de la cabina, disparó hacia un grupo de manifestantes, impactando a Luis Villegas Ahumada", quien quedó con lesiones de carácter grave.
Posteriomente, Cobin -según Correa- reanudó su marcha "para volver a detenerse aproximadamente 100 metros más allá, esta vez descendiendo del vehículo para efectuar dos disparos: uno de ellos dirigido hacia el vehículo (...) conducido por Daniel Molina".
Luego, Cobin retomó su marcha nuevamente "disparando simultáneamente por cuarta vez, esta vez en dirección hacia la playa".
A criterio del tribunal, los hechos constituyen el delito de homicidio frustrado respecto de Luis Ahumada Villegas, "ya que el hechor ejecutó todo el comportamiento previsto en la norma penal y la no consumación se debió a causas independientes de su control", sostuvo el veredicto.
En cuanto a la segunda víctima, los jueces estimaron que se trata de un homicidio simple tentado, "ya que faltaron por parte del acusado una o más acciones dependientes del mismo para poder consumar el delito".
Decide dar muerte
Los hechos condenados, estableció el veredicto, "se consideraron como acciones propias y características de quien decide dar muerte a otro, es decir, contenedoras de un dolo homicida", leyó Correa, quien también dio a conocer que Cobin fue absuelto del delito de desórdenes públicos sancionado en le Ley de Seguridad Interior del Estado.
Correa leyó que no fue posible establecer un vínculo "entre el comportamiento del acusado y los sucedidos desórdenes públicos y daños acaecidos en Reñaca en horas de la noche de ese día. El hecho de que el acusado ejerciera acciones que pudieran generar irritación en determinadas personas no puede considerarse que pueda tratarse de una acción subjetivamente planeada para generar disturbios, que es lo que la ley sanciona".
En cuanto a las penas, el Ministerio Público solicitó siete y cuatro años de presidio por el homicidio frustrado y tentado, respectivamente, como también pidió cuatro años por los disparos injustificados. La sentencia en contra de Cobin se dará a conocer el domingo 25 de octubre, a las 10 de la mañana.