Autoridades y expertos analizan nuevo fallo sobre tomas ilegales
Coinciden en señalar que el problema obedece a un vacío en la política habitacional reciente y que el fallo, si bien profundiza y unifica herramientas para agilizar desalojos y reubicación de las familias, la solución es más compleja.
Jorge Trujillo - La Estrella de Valparaíso
Diversas autoridades locales y expertos coincidieron en señalar que el reciente fallo de la Corte Suprema, respecto a un recurso de protección presentado por el dueño de un terreno en Reñaca Alto que fue tomado por 85 personas durante el año pasado y que ordena el desalojo en un plazo no superior a 6 meses, y oficia además al Ministerio de Desarrollo Social y al municipio viñamarino a hacerse cargo de la reubicación temporal de estas familias; constituye un precedente importante en cuanto a la resolución de una problemática social que ha adquirido gran relevancia durante los últimos años.
A juicio del abogado Juan Carlos Manríquez el reciente fallo que modificacriterios anteriores yda luz verde a desalojos, responde a que "la Corte Suprema, con sus facultades, actúa llenando el vacío aparente de la inacción de las autoridades administrativas y políticas para generar el desalojo de los terrenos. Les dice que no hay tal vacío, que existen las normas, que deben ponerlas en movimiento y por lo tanto deben cumplirse" proyectando que "si hay causas penales o civiles de restitución o desalojo, si se dan las condiciones de extracción uno pudiera prever que los propietarios de los terrenos vayan a usar con más frecuencia el recurso de protección y en consecuencia logren más rápido lo que en la justicia ordinaria se puede demorar entre 3 y 6 años".
Derecho a propiedad
El Diputado Andrés Celis destacó que el fallo "restablece la protección del derecho de propiedad, porque viene a poner fin a estas situaciones irregulares, sentando un precedente en cuanto a que las autoridades políticas y administrativas tienen el deber de actuar, pero con acciones concretas y específicas, no simbólicas ni dilatorias" apuntando sus dardos hacia las autoridades gubernamentales y municipales, pues a su juicio "en la sentencia se señala que existió negligencia al no ejercer las acciones que establece nuestro ordenamiento jurídico en estos casos y los mandata a cumplir con las obligaciones que establece la ley".
En este sentido, estimó que el plazo de 6 meses otorgado por el tribunal es también "un plazo para que las autoridades cumplan con sus obligaciones y que la Municipalidad asuma parte de su responsabilidad coordinando todo lo que le corresponda y abandonando el rol dilatorio y todas aquellas excusas que esgrimieron."
El colega de Celis, el diputado Luis Cuello quiso establecer y diferenciar aquellos casos donde las tomas son utilizadas para hacer negocios irregulares respecto a los terrenos y las necesidades habitacionales de muchas familias impedidas de adquirir una vivienda de otra manera, destacando que en este sentido la resolución "demuestra que desde la Corte Suprema hay un reconocimiento a una realidad que desborda incluso las posibilidades que ofrecen los tribunales".
Finalmente sobre los posibles efectos del fallo establecido en favor del predio de Reñaca Alto, el parlamentario indicó que "si apuntamos al fondo del asunto, claro que las tomas van a disminuir en la medida que el Estado pueda hacerse cargo de entregar soluciones y reconocer en lo concreto el derecho a la vivienda digna contenida en los instrumentos internacionales" sin embargo, respecto al rol que le corresponde asumir al estado y a los municipios considera que "no hay un equilibrio entre los recursos disponibles y la cantidad de familias que hoy estan sin acceder a una vivienda, que tienen que ver con recursos financieron y presupuestarios para construir y con la disponibilidad de suelos".